No solo lidera la Transformación Digital en el espectro nacional, sino que acompaña cada paso dado con medidas de implicación ciudadana. La Administración es cada vez más electrónica y así lo son los procesos de interés para los empresarios.
Los orígenes de este esfuerzo coordinado por facilitar la contribución tributaria y el cumplimiento de las leyes, además de fomentar el emprendimiento, se remontan a 2003. Fue entonces cuando nació el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE).
“Se concibe como una red de puntos de asesoramiento e inicio de tramitación (PAIT), en los que se asesora y se prestan servicios a los emprendedores en la gestación, tramitación administrativa y puesta en marcha de sus iniciativas empresariales”, recogía el Real-Decreto.
Con este nuevo sistema cualquier interesado podía formalizar una SL, SRL, SLNE, SLFS, una Comunidad de Bienes o un alta como Empresario Individual de forma completamente digital, o acudiendo a un PAE (Punto de Atención al Emprendedor).
Fue entonces cuando también se creó el DUE o Documento Único Electrónico; una suerte de identificador necesario para realizar todos los trámites aglutinados en el mencionado CIRCE. ID, que por cierto, no ha dejado de adquirir funcionalidades en las últimas dos décadas.
Hoy en MÁSMÓVIL Negocios explicamos qué se puede hacer exactamente con este y repasamos los trámites básicos para obtenerlo en el servicio electrónico de la Administración.
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¿Qué es exactamente el Documento Único Electrónico (DUE)?
El DUE es el documento que permite la creación de empresas “de manera integrada y por medios electrónicos y en un solo procedimiento”, señalan desde Iberley. Desde 2015 este también aglutina todo tipo de trámites tributarios de interés.
“Ahora, el DUE y el sistema CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) pasan a desempeñar un papel global en lo relativo a la tramitación administrativa de la vida de las empresas”, recogía el Real Decreto 867/2015.
La idea de esta herramienta es simplificar el tradicionalmente complejo proceso de constitución jurídica con un acceso rápido al que puedan suscribirse todos los empresarios españoles.
Por eso la información contenida en el DUE está compartida de forma sincronizada entre todos los órganos e instituciones de la Administración. ¿De qué se compone concretamente? La ley distingue:
- Datos básicos: cumplimentados en el momento de iniciar la tramitación. Esta información se refleja en la lista de la subsede electrónica PAE MINETUR.
- Datos específicos de cada tramitación: añadidos para ejecutar procesos relativos a extinciones, ceses por parte del notario interviniente, y para disoluciones, liquidaciones y extinciones de mano de los responsables de los registros jurídicos.
El DUE se ha ido así imponiendo a trámites tradicionales o tortuosos que tenían sus propios accesos y curiosidades varias. Todo para ir aglutinando bajo un mismo paraguas el conjunto de posibilidades que ofrece la ley en materia de emprendimiento.
Empresas que se pueden crear con el DUE
Que tenga un espíritu reunificador no significa que con él se pueda hacer absolutamente todo. En un principio el DUE incluía unos pocos trámites de creación enfocados a las Sociedades Limitadas y en posteriores actualizaciones se fue ampliando.
En la actualidad este documento permite formalizar los siguientes tipos de empresas:
- Sociedad Limitada Nueva Empresa.
- Sociedad Limitada telemática.
- Empresario individual (Autónomo).
- Cooperativas.
- Sociedades Civiles.
- Comunidades de bienes.
- Sociedades Limitadas Laborales.
- Emprendedor de Responsabilidad Limitada.
Paralelamente incluye todos los trámites en materia de cumplimiento de obligaciones tributarias “asociadas al inicio o ejercicio de la actividad” de cada tipo de sociedad.
Como las competencias autonómicas en algunos casos expresan normativas diferentes, el DUE también incorpora procesos relacionados con autoridades estatales, autonómicas y locales, igualmente relativas al inicio de la actividad, “la presentación de comunicaciones y declaraciones responsables y a los trámites asociados al cese de actividad”.
No se incluyen las obligaciones fiscales relacionadas con la Seguridad Social ni los trámites en materia de procedimientos de contratación pública y de solicitud de subvenciones y ayudas.
Tampoco la comunicación de la apertura de Centros de Trabajo en el caso de tener trabajadores contratados, la obtención y legalización de los libros contables ni la inscripción en otros organismos y registros oficiales.
Otros procedimientos tributarios que habilita el DUE
Dejando de lado la creación de empresas y todos los procesos relacionados con ello, el Documento Único Electrónico también incorpora una larga lista de formularios y documentos necesarios para formalizar otros trámites.
Aquí se incluyen tanto los modelos obligatorios para darse de alta y de baja del RETA, como los escritos fundamentales en la presentación de los principales impuestos de interés para los empresarios.
No quiere decir que el DUE los sustituya, sino que los complementa ofreciendo al contribuyente otras opciones para llevarlos a cabo:
- Declaración censal de la Agencia Tributaria (Modelos 036 y 037).
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Modelo 600).
- Impuesto sobre Actividades Económicas (Modelos 845 y 846).
- Declaración censal de comienzo, modificación o cese de actividad de la Comunidad Autónoma Canaria (Modelo 400).
- Solicitud de formalización de la cobertura de Riesgos Profesionales con Entidad Gestora de la Seguridad Social (Modelo TA. 16).
- Inscripción del empresario en la Seguridad Social y apertura de cuenta de cotización principal (Modelo TA. 6).
- Apertura de Cuenta de Cotización en la Seguridad Social (Modelo TA. 7).
- Declaración individual del trabajador autónomo en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar (Modelo TA. 49).
- Inscripción de embarcaciones y artefactos flotantes en el Régimen Es-pecial de los Trabajadores del Mar (Modelo TA. 47).
- Declaración del titular de la explotación marítimo-pesquera y familiar trabajador a su servicio en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar (Modelo TA. 50).
- Solicitud de: afiliación a la Seguridad Social, asignación de número de Seguridad Social y variación de datos (Modelo TA. 1).
- Solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos para trabajadores societarios (Modelo TA. 0521/B).
- Solicitud de alta del trabajador por cuenta ajena o asimilado (Modelo TA. 2/S).
- Solicitud de inscripción de ficheros en el Registro General de Protección de Datos.
- Alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (Modelo TA. 0825/1) y alta del familiar colaborador del titular de la explotación en este régimen (Modelo TA. 0825/2).
- Solicitud de alta, baja o variación de datos en el Régimen Especial de Autónomos (Modelo TA. 0521/1) y solicitud de alta, baja o variación de datos en el RETA de familiar colaborador del titular de la explotación (Modelo TA. 0521/2).
- Solicitud de registro de Marca (Modelo 4101i).
- Solicitud de registro de Nombre Comercial.
Como cada uno de estos procedimientos requiere cumplimentar apartados distintos del DUE —y eso resulta bastante complicado—, desde el portal electrónico del PAE se ofrece una guía explicativa con vídeos bastante interesantes.
¿Cómo se consigue el DUE?
Para cumplimentar el Documento Único Electrónico existen dos posibilidades: o bien a través de los PAE (Puntos de Atención al Emprendedor), o mediante la Ventanilla Única de la Administración Pública.
En el primer caso la sede electrónica del Ministerio de Industria cuenta con un buscador para encontrar el PAE más cercano a tu domicilio. Solo tendrás que introducir tu dirección, el nombre del punto (si lo conoces) y el nivel de tramitación en base niveles:
- Muy Alto
- Alto
- Medio
- Bajo
Junto a las opciones encontrarás un mapa sobre el que aparecerá visualmente el resultado de la búsqueda. Para Madrid, por ejemplo, los filtros arrojan una gran cantidad de puntos a razón de la elevada demanda empresarial de la región.
Selecciona el PAE que más te interese y anota tanto el número de teléfono como la dirección de correo; podrás contactar como más cómodo te sea para concertar una cita y llevar a cabo el procedimiento deseado de forma presencial.
Como curiosidad, si seleccionas “Ver ficha” y hacer scroll hasta el bottom del sitio, podrás repasar el historial más reciente del punto, para ver si tiene mucha carga de trabajo y si poseela fidelidad mínima deseada.
El PAE mediante la vía electrónica
Si no quieres tener que acudir a ningún centro la Administración también dispone de métodos alternativos cien por cien digitales: la [Ventanilla Única] y el [CIRCE]. Ambos cuentan con sus webs correspondientes.
Al acceder al segundo verás cuatro botones grandes de acceso rápido: “Realice el alta de autónomo al instante”, “Área de acceso para los PAE”, “Centros de información para su proyecto empresarial” y “Ayudas para la creación de empresas”.
Más abajo se disponen botones más específicos con sus propios procesos y apartados (todo ello de forma guiada y visual):
- Solicitud para ser un PAE (público o privado).
- Formas jurídicas.
- Puesta en marcha de la empresa.
- Carta de servicios.
- Cifras de creación de empresas online.
- Cita Previa.
Elige el que quieras y sigue las indicaciones. Durante el proceso es altamente probable que se te exijan ciertos documentos de identificación tanto natural como jurídica. Por eso es importante prepararse con antelación.
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