Durante el Estado de Alarma se dejaron de firmar casi 4 millones de contratos respecto a años anteriores. Estos documentos, pilares de la negociación histórica entre representantes sindicales y patronales, siempre han servido como termómetros socioeconómicos.
España finalizaba el 2020 con 6 millones menos de contratos temporales firmados. El equilibrio de estos y los indefinidos condicionan la competitividad del país, la evolución de las inversiones y hasta el IPC.
Y sin embargo, en la práctica muy pocos trabajadores entienden la información contenida en estos acuerdos y sus derivadas: las nóminas. En otros casos son las mismas empresas, faltas de experiencia, las que incurren en errores críticos en la confección de estos.
Por todo ello hoy, en MÁSMÓVIL Negocios, queremos hacer un repaso detallado de todos y cada uno de los conceptos básicos de una nómina, y de su importancia a la hora de acometer trámites.
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Mucho más que un simple papel
Aunque es un requerimiento legal exigido por la Administración para evitar abusos e irregularidades, en el día a día las nóminas no dejan de ser un eslabón que sostiene la confianza entre los trabajadores y las empresas.
Ignorar su funcionamiento puede derivar en problemas de desafección para empleados que, por ejemplo, descubran condiciones laborales con las que no están de acuerdo a pesar de haberlas firmado en un principio.
“La nómina es el documento más importante en la relación laboral, pero la mayoría de la gente no entiende sus detalles”, opina Lorena Esteban, profesora de EAE Business School a El País. Esta desconexión también puede terminar derivando en abusos laborales y problemas tributarios.
“Es muy posible que al acecho en ese laberinto de números haya un error: un impuesto sobre la renta excesivo, una cantidad de horas extras incorrecta o beneficios mal calculados”, continúa. ¿Ahí terminan los efectos de la nómina? No.
Tal y como recuerda la abogada especializada en derecho laboral Eva Gómez, estas “pueden servir como justificantes de ingresos para varios trámites, como la solicitud de un crédito, de una hipoteca o un alquiler”.
De ahí que los autónomos tengan tantos problemas para conseguir financiación en sus proyectos personales, y que el mismo Estatuto de los Trabajadores delimiten la misma nómina en su artículo 29.
En el BOE estos documentos aparecen reflejados como “recibos individuales de salarios” desde 1995, y en las últimas dos décadas su normativa aplicada se ha llegado a actualizar en dos ocasiones.
Es este respaldo legal el que define un modelo general de nómina; con apartados y elementos comunes para todo tipo de acuerdos laborales. Gracias a dicha disposición es posible establecer pautas comunes de análisis e identificación.
El vademécum laboral
En una nómina el trabajador encontrará toda la información que necesita manejar en su estancia labora; tanto la más general como la más específica. Por eso es importante revisarla mes a mes a fin de evitar posibles errores.
Los puntos más importantes que se suelen encontrar en estos documentos son:
- Datos identificativos de la empresa.
- Datos identificativos del trabajador.
- Periodo de liquidación.
- Conceptos a percibir.
- Deducciones.
- Bases de cotización.
- Líquido final.
- Lugar de emisión, firma y sello.
La disposición de esta información puede variar en el papel, pero siempre aparecerá reflejada de una u otra forma. Eso sí, hay que recordar que las distintas actualizaciones legales han podido eliminar o modificar parte de ella.
Eso es lo que ocurrió tras la reforma de 2012 con la categoría profesional: antes definida por la titulación o la experiencia, y ahora condicionada por el grupo profesional dependiente de las tareas y funciones desempeñadas.
En cualquier caso, las nóminas se podrán entregar "en papel a cada trabajador o a través de formato electrónico, por ejemplo descargándolas desde la Intranet de la empresa, para luego ser imprimidas por el empleado", indica el abogado Jorge Danés.
“Aunque el trabajador firme la nómina, o la reciba por medios electrónicos y se le ingrese la cantidad mediante una transferencia bancaria, esto no supone su aceptación y si no está conforme con la cantidad recibida, podrá reclamarla”.
La nómina parte por parte
Los recibos siempre hacen referencia a tramos mensuales. La ley expresa con claridad que todos aquellos abonos referentes a periodos inferiores deben documentarse como “anticipos a cuenta de la liquidación definitiva, que se extenderá en el recibo mensual de salarios”.
Considerando esto, con las nóminas el trabajador podrá en todo momento comparar sus retribuciones a lo largo del año, revisar su salario bruto y entender cuál es el cálculo global que deriva en la retribución neta.
No extraña que el BOE refleje la obligación que permite su labor de vigilancia. “Los recibos de salarios expedidos se archivarán y conservarán por las empresas, junto con los boletines de cotización a la Seguridad Social, durante un período mínimo de cinco años, a fin de permitir las comprobaciones oportunas”.
En la cabecera
Encabezando el documento aparece la información personal del trabajador y los datos relativos a la empresa y su centro de trabajo físico. Es el primer punto en el que debe recalar el interesado en busca de errores.
Aquí encuentra su nombre completo, el DNI, el código CNAE, el número de afiliación a la Seguridad Social, la fecha de alta en la empresa y de antigüedad.
Relativo a la empresa identifica el nombre legal, el domicilio fiscal, el CIF y el código de cuenta de cotización de la SS.
“En este punto hay que destacar la importancia de saber con exactitud el grupo profesional al que perteneces, ya que es determinante a la hora de calcular el salario mínimo, las pensiones por incapacidad o las prestaciones por desempleo”, destacan desde GiGroup.
Si se desconoce el CNAE que corresponde, el trabajador siempre puede acudir, o bien a una oficina de información pública, o bien a Internet. Las listas de actividades son públicas.
Periodo de liquidación
Entre los primeros datos y el cuerpo del documento siempre se reflejará el periodo de liquidación. Es decir, los días de trabajo que se están remunerando con la nómina. Lo importante viene indicado en número de días.
Dependiendo del Convenio Colectivo que aplique y del sistema adoptado por la propia empresa, los días podrán indicarse en referencia a los naturales o laborales del mes. Esto es, o 22 —lo más habitual— o 28, 30, 31.
A continuación se distribuyen en columnas las cifras y los porcentajes necesarios para calcular la retribución bruta y neta. Por un lado aparecen los devengos —en bruto— y por otro las deducciones.
Devengos
“Si a los devengos totales restamos las deducciones totales, podremos visualizar de forma clara el líquido a percibir”, explica la abogada Amor Pelegrí. Desgranando los devengos, las cuantías objetivas sin cargas, encontramos en función de Convenio:
- Salario base: relacionado con la categoría del trabajador.
- Complementos salariales: extras que dependen de requisitos específicos acordados previamente (objetivos, nocturnidad, antigüedad, peligrosidad, etc).
- Pagas extra: abonos puntuales que pueden ser prorrateadas a lo largo del año. Es España es obligatorio expedir, al menos, dos pagas extra.
Al margen de las percepciones salariales la empresa también está obligada a reflejar las percepciones extrasalariales. O lo que es lo mismo, las partidas de gastos relacionados con el transporte, las dietas y conceptos específicos.
Todo ello viene asociado a las categorías profesionales oficiales, y en ciertos casos incluso cotizan a la Seguridad Social.
La suma de todas estas partidas equivale al salario bruto. Enfocado de forma anual permite entender los distintos análisis socioeconómicos relacionados con el mundo laboral.
Deducciones
Al concepto en bruto se le aplican restas tributarias y de cotización que dependen de la base de cotización y del tipo de contrato; principalmente por IRPF y Seguridad Social. Estas últimas se dividen en las siguientes partidas:
- Contingencias comunes: equivalen al 4,70% sobre la base de cotización.
- Desempleo: representa el 1,55% de la base por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales si el contrato es indefinido, en prácticas, de relevo o de interinidad, y el 1,60% si el contrato es temporal.
- Formación Profesional: igual al 0,1% sobre la base de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Horas extraordinarias: aglutinadas en la nómina bajo un mismo concepto. Hacen referencia a las normales (4,7%) y a las de fuerza mayor (2%).
En lo que respecta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas encontramos las cuantías que retiene a Agencia Tributaria en función del tramo salarial, del estado civil, el tipo de contrato, el tipo de familia y las posibles discapacidades. Va desde el 0% hasta el 35%.
El apartado de las deducciones lo cierran otras tres partidas: “Anticipos”, “Valor de los productos recibidos en especie” y “Otras deducciones”.
La primera hace referencia a los abonos percibidos en plazo menor al reflejado en el periodo de liquidación, la segunda a regalos y bienes similares, y la última a: cuotas sindicales, préstamos, embargos, pensiones, etc.
La suma de todas las deducciones se resta al total devengado para obtener la renta o salario neto. Es decir, el importe real que ingresará el trabajador.
Cómo calcular el paro con la nómina
No es preciso pero sí muy útil a la hora de eliminar dudas en torno al siempre complejo cálculo del paro. El objetivo es conseguir la base reguladora y para ello se ha de dividir lo cotizado por la empresa a la Seguridad en los últimos 180 días entre 180.
“El 70% de la cantidad resultante será el importe a cobrar los primeros seis meses, mientras que en los meses siguientes se ingresará el 50%, hasta el final de la prestación, con límites máximos y mínimos que dependen de si se tienen o no hijos a cargo”, apunta a el País Patricia Melfo.
Eso sí, la cuantía obtenida de la operación siempre será en bruto. Para conseguir la cifra real habría que descontar las desgravaciones de la Seguridad Social y del IRPF que apareen en la nómina.
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