El Estado de Alarma instaurado el pasado 13 de marzo por la rápida propagación del coronavirus (SARS-CoV-2) ha derivado en una práctica interrupción de la economía española. Miles de pymes, autónomos y grandes empresas se han visto avocadas a seguir sufragando facturas sin recibir ingreso alguno.

El Gobierno se reunió este fin de semana para articular un Plan de Choque que contrarrestara los efectos negativos de la cuarentena. Que aliviara los efectos de una recesión que desde las instituciones europeas ya dan por hecha.

La información se actualiza día a día, generando cierta confusión, y por eso en MÁSMÓVIL Negocios hemos querido hacer un breve repaso de todo lo que se sabe de interés para los afectados por el coronavirus.

Ayudas y líneas de crédito del Gobierno para pymes y autónomos por el coronavirus

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¿Quiénes son los afectados?

De acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto-ley 18/2020 de 17 de marzo, queda suspendida la apertura al público de todo local y establecimiento minorista. Establece unas excepciones para asegurar la provisión básica de bienes y servicios. De esta forma quedan cerrados por la crisis del coronavirus:

  • Museos.
  • Archivos.
  • Bibliotecas.
  • Monumentos.
  • Espectáculos públicos.
  • Esparcimiento y diversión:
    • Café-espectáculo.
    • Locales de exhibiciones.
    • Salas de fiestas.
    • Restaurante-espectáculo.
    • Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.

  • Culturales y artísticos:
    • Plazas, recintos e instalaciones taurinas.

  • Otros recintos e instalaciones:
    • Pabellones de Congresos.
    • Salas de conciertos.
    • De conferencias.
    • De exposiciones.
    • Salas multiuso.

  • Deportivos:
    • Locales o recintos cerrados.
    • Campos de fútbol, rugby, béisbol y asimilables.
    • Baloncesto, balonmano, balonvolea y asimilables.
    • Tiro al plato, de pichón y asimilables.
    • Galerías de tiro.
    • Pistas de tenis y asimilables.
    • Pistas de patinaje, hockey sobre hielo, sobre patines y asimilables.
    • Locales de boxeo, lucha, judo y asimilables.
    • Circuitos permanentes de motocicletas, automóviles y asimilables.
    • Velódromos.
    • Hipódromos, canódromos y asimilables.
    • Frontones, trinquetes, pistas de squash y asimilables.
    • Boleras y asimilables.
    • Salones de billar y asimilables.
    • Pistas de atletismo.
    • Otros locales, instalaciones o actividades asimilables a los mencionados.

  • Espacios abiertos y vías públicas:
    • Carreras pedestres.
    • Pruebas ciclistas, motociclistas, automovilísticas y asimilables.
    • Motocross, trial y asimilables.
    • Pruebas y exhibiciones náuticas.
    • Pruebas y exhibiciones aeronáuticas.
    • Otros locales, instalaciones o actividades asimilables a los mencionados.

  • Actividades recreativas de baile:
    • Discotecas y salas de baile.
    • Salas de juventud.

  • Deportivo-recreativas:
    • Locales o recintos, sin espectadores, destinados a la práctica deportivo-recreativa de uso público, en cualquiera de sus modalidades.

  • Juegos y apuestas:
    • Establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar.
    • Salones de juego.
    • Salones recreativos.
    • Rifas y tómbolas.
    • Otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de Juegos y apuestas conforme a lo que establezca la normativa sectorial en materia de juego.
    • Locales específicos de apuestas.

  • Culturales y de ocio:
    • Parques de atracciones, ferias y asimilables.
    • Parques acuáticos.
    • Casetas de feria.
    • Parques zoológicos.
    • Parques recreativos infantiles.

  • Recintos abiertos y vías públicas:
    • Verbenas, desfiles y fiestas populares o manifestaciones folclóricas.

  • Bares especiales:
    • Bares de copas sin actuaciones musicales en directo.
    • Locales de copas con actuaciones musicales en directo.

  • De hostelería y restauración:
    • Tabernas y bodegas.
    • Cafeterías, bares, café-bares y asimilables.
    • Chocolaterías, heladerías, salones de té, croissanteries y asimilables.
    • Restaurantes, autoservicios de restauración y asimilables.
    • Bares-restaurante.
    • Bares y restaurantes de hoteles, excepto para dar servicio a sus huéspedes.
    • Salones de banquetes.

Además, se "suspende cualquier otra actividad o establecimiento que a juicio de la autoridad competente pueda suponer un riesgo de contagio", y se prohíbe el consumo de productos en los propios establecimientos comerciales de bienes.

 

Plan de Choque contra el Covid-19

El articulado cocinado en el Consejo de Ministros contempla un plan de acción valorado en 200.000 millones de euros, de los cuales 117.000 millones provendrán del sector público. Las ayudas más manifiestas para las pequeñas y medianas empresas, previa solicitud, se traducirán en 14.400 millones de euros.

 

Autónomos y Pymes

Para autónomos afectados por el coronavirus se prevé la aprobación de una línea de avales por cuenta del Estado de hasta 100.000 millones de euros, que cubrirá la renovación de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pago.

De esta forma se podrá priorizar la atención de necesidades derivadas, tales como la gestión de facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez (vencimiento de obligaciones financieras o tributarias).

Se amplía en 10.000 millones de euros el endeudamiento del Instituto de Crédito oficial. Es decir, las Líneas ICO de financiación serán más accesibles y beneficiosas para las pymes que acudan a ellas.

Queda, por el momento, descartada la propuesta de suspender las cotizaciones corrientes a la Seguridad Social, como parte de la cuota estipulada por el RETA. Lo que sí se incluye es un aplazamiento en el pago de impuestos para aquellos cuya facturación se vea reducida en al menos un 75% respecto al semestre anterior.

Para solicitar este derecho se ha de estar afiliado y dado de alta en el mencionado RETA o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores del Mar a fecha de la activación del Estado de Alarma. Además es obligatorio estar al corriente del pago de las cuotas a la Seguridad Social, y de no cumplirse, se otorgan 30 días de plazo para ajustar las cuentas con la Administración.

¿Cuánto se descuenta? La cuantía de la prestación se calcula aplicando el 70% de la base reguladora. En caso de no acreditarse el periodo mínimo de cotización para acceder a la prestación, esta será equivalente al 70% de la base mínima estipulada por el RETA.

La ayuda se prolongará durante un mes, pudiendo ampliarse en el último día del periodo, en caso de ser necesario. Aquellos solicitantes no pueden estar disfrutando de ninguna otra ayuda del sistema de la Seguridad Social.

 

Empresas internacionalizadas y exportadoras

Durante 6 meses se autoriza la creación de una línea de cobertura aseguradora de hasta 2.000 millones de euros con cargo al Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización. La línea se instrumenta en dos tramos, siendo el segundo solo válido tras la verificación del primero.

Se pueden beneficiar todas las pymes siempre y cuando sean entidades no cotizadas. Además, deben estar internacionalizadas o en proceso de internacionalización. Esto quiere decir que su negocio exterior del último ejercicio debe suponer al menor un tercio del volumen.

También se incluyen empresas que lleven 4 o más años en el sector y a aquellas que se estén enfrentando a problemas de liquidez o falta de financiación por el impacto del coronavirus. Salvo, claro, que estén en situación concursal o pre-concursal.

 

Plan Acelera: ayuda al teletrabajo

El Plan de Choque contra el coronavirus incluye también medidas para acelerar el proceso de digitalización de las pymes desde el asesoramiento y la formación. La ayuda se articula a través de la entidad Red.es (para fomentar el liderazgo empresarial en I+D+i), y entrará en vigor a corto medio plazo con colaboración del sector privado.

Esto deriva en la creación del portal Acelera PYME; un sitio desde el que los interesados se podrán informar de recursos dedicados para este tipo de soluciones, y específicamente para el teletrabajo.

Se amplían las sedes del programa de Oficinas de Transformación Digital, y se mejoran los servicios de asesoramiento personalizado a pymes. El resultado será la creación de 100 oficinas en 2 años, multiplicando por 3 el número actual de sedes.

Por último, se pone en marcha el programa Acelera PYME-Talento, para reforzar la formación de soluciones y herramientas para la digitalización de las pymes. El Gobierno, si lo considera, podrá aportar apoyo financiero mediante créditos ICO, para la compra y leasing de equipamiento y servicios.

 

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Y tú, ¿ya estás preparado para solicitar estas ayudas?