Tras el paso de la borrasca Filomena, 28 de las aseguradoras más importantes en España desembolsaron casi 107 millones de euros para hacer frente a los daños, y de esos la mitad correspondieron a pólizas multirriesgo para pymes.
Los seguros crecen impulsados por la digitalización, y además de conquistar a los jóvenes a través de la tecnología, año tras año están más presentes en el tejido empresarial. Este sector es, de hecho, uno de los que mejor se están adaptando a los retos del futuro.
Por eso no extraña que lograra sortear el complicado 2020 perdiendo tan solo un 8,30% de facturación, y cerrando el acumulado total en nada menos que 58.850 millones de euros.
Hoy, en MÁSMÓVIL Negocios, nos aproximamos al mundo de las aseguradoras y las pólizas, desde el punto de vista de una pyme necesitada de cierta protección en sus operaciones comerciales.
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¿Cuándo es obligatorio asegurar una pyme?
Igual que un autónomo no tiene más obligación que pagar las cuotas correspondientes de los seguros sociales, una pyme no está forzada a acarrear coberturas relacionadas con su persona jurídica.
La situación cambia en el momento que la empresa se cruza con otros sujetos y bienes que por ley si han de contar con un seguro de protección. Así, en la práctica casi todas las pymes terminan necesitando contratar un mínimo de pólizas.
"Con carácter general, la legislación española no obliga a las empresas a contratar ninguna póliza”, recuerda José Luis Fernández, responsable de producto de Liberty Seguros a Expansión. Salvo, claro, si hay contacto directo con clientes o empleados. Es decir, personas.
Además, “para determinadas actividades, la normativa autonómica o local sí impone que los negocios dispongan de un seguro de responsabilidad civil para poder desarrollar su actividad". Este sería solo una de las pólizas que cumplen la casuística mencionada.
¿Qué tres elementos hay que tener en cuenta a la hora de contratar cualquier póliza? Alejandro Galisteo los enumera:
- Mediador: encargado que contacta con la pyme, visita sus instalaciones y determina la póliza más adecuada para el negocio.
- Ajuste: es vital que la pyme adecúe la cobertura y los capitales. Es decir, que la póliza contratada cubre el valor total del activo, y no solo una parte de este.
- Mercado: las pymes exportadoras “deben contemplar tanto el ámbito territorial en el que opera, como el ámbito jurisdiccional”.
Siempre seguro de responsabilidad civil
De acuerdo con el CC, la responsabilidad civil es un deber que entra en juego cuando “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia”. Siendo así, este estaría “obligado a reparar el daño causado”.
¿Por qué es obligatorio un seguro para la pyme al respecto? Teniendo en cuenta el riesgo permanente asociado a toda actividad empresarial, es lógico que los negocios deban protegerse de los daños y perjuicios que pueda ocasionar su labor a terceros.
Ahora bien, antes de contratar la póliza es importante asegurarse de cuál es su acepción en la normativa aplicable, y distinguir entre los subtipos dentro de la responsabilidad civil para obtener la mayor eficiencia y competitividad.
Para los autónomos, por ejemplo, el seguro más habitual es el de responsabilidad civil profesional. Médicos, abogados, mecánicos, fisioterapeutas acuden a esta cobertura cumplimentando su requisito básico: contar con una titulación académica.
Tanto para estos como para las pymes lo más recomendable es estudiar el mercado y comparar las condiciones ofrecidas por cada aseguradora. Eso sí, a nivel general, y como recuerdan desde Infoautonomos, las pólizas siempre suelen incluir:
- Daños personales, materiales y/o patrimoniales.
- Propiedad intelectual.
- Protección de datos.
- Perjuicio consecuencial: “pérdida económica del reclamante por consecuencia directa del daño”.
- Gastos de defensa en procedimientos penales y civiles.
- Perjuicios deshonestos ocasionados por los empleados.
- Inhabilitación profesional.
Operar sin el seguro de responsabilidad civil supone arriesgarse a tener que afrontar posibles daños con el patrimonio propio. Por eso es infrecuente encontrarse con empresas sin ningún tipo de cobertura.
La alternativa al seguro de responsabilidad civil
En la actualidad es prácticamente imposible contratar un seguro que sea íntegramente de responsabilidad civil. Las aseguradoras acostumbran a incluir otros servicios, y así convirtiendo sus pólizas en las conocidas multirriesgo.
Estos seguros, además de proteger frente a los mencionados daños por vía civil, incluyen coberturas relacionadas con daños materiales del local y de las mercancías del negocio. Es una alternativa interesante, porque su cuota fija suele resultar más barata que la póliza de RC.
Todo ello sin tener en cuenta que las compañías del sector se han ido especializando y adaptando con el paso de los años, y ahora son capaces de ofrecer coberturas muy específicas pensadas para negocios de sectores digitales con poco recorrido.
Si no tienes conocimiento en el mundo de los seguros, y tampoco dispones de muchos recursos para escudriñar el mercado, son la opción más atractiva para saldar este frente de forma rápida.
Con empleados, seguro según convenio
Si cuentas con trabajadores a cargo y no quieres lidiar con problemas legales, lo adecuado es que contrates el seguro según el convenio que te corresponda. Ten en cuenta que su omisión puede suponerte multas de casi 200.000 euros.
La póliza te protegerá en caso de que un empleado sufra un accidente en el trabajo, que fallezca o que quede incapacitado durante su horario laboral. El tipo de seguro se reflejará como “obligatorio” dependiendo del convenio laboral inscrito.
El más habitual es el seguro de accidente de convenio, frecuente en sectores como el de la hostelería. Aquí se incluye el seguro de automóvil — a Terceros, con asistencia en viaje y cobertura de accidente— en empresas con servicio de reparto.
Para empresas dedicadas a la construcción el seguro más recurrente es el decenal; pólizas a contratar por el promotor, que cubren todo el proceso de levantamiento de viviendas y edificios.
En cualquier caso las empresas tendrán que contratar seguros de vida o accidente para todos y cada uno de sus trabajadores. Para salir de dudas, bastará con consultar el convenio legal en sus apartados respectivos.
Otros seguros no obligatorios pero interesantes para las pymes
El mercado es prácticamente infinito, y en lo que respecta a seguros una empresa puede gastarse el dinero que quiera para proteger sus activos. No obstante, a la hora de la verdad la póliza que aparece sin ser obligatoria es la de salud.
Muchas pymes acuden a este tipo de productos porque los consideran beneficiosos a nivel social, de cara a aprovecharlos en su comunicación interna, sus políticas laborales y su competitividad fiscal y personal.
A la hora de la verdad, una empresa con empleados asegurados podría reducir los periodos de baja y de citación médica si estos acuden a la sanidad privada en lugar de a la pública. Las pólizas suelen incluir desde servicios de diagnóstico, hasta la hospitalización.
En los últimos años, otros seguros que también están ganando fuerza son todos los relacionados con la tecnología. Llama la atención el de ciberseguridad, alimentado por la creciente amenaza de hackers y daños digitales.
"El cliente responde a unas preguntas vía 'app' y unos algoritmos determinan la póliza más adecuada para su negocio”, explica Vicente Arias, CEO de la insurtech Coverfy. “Tras esto, hablan con un mediador para terminar de definir el contrato”.
Seguros y deducción de impuestos
Esta es una práctica muy habitual en el colectivo de autónomos, y especialmente relevante en determinadas coberturas para empresas de todos los tamaños. ¿Se pueden deducir los seguros contratados del pago de impuestos?
La respuesta casi siempre es afirmativa al hablar de seguros médicos. Los autónomos en régimen de estimación directa tienen derecho a deducirse el IRPF de la prima propia, la del cónyuge y la de hijos menores de 25 años con rentas inferiores a las fijadas por ley.
El máximo por persona es de 500 euros, y de 1.500 euros si el sujeto tiene alguna discapacidad reconocida. En total la unidad familiar no puede nunca superar los 4.500 euros, y la deducción siempre se aplicará sobre la base imponible.
En el caso de pymes y empresas sujetas al impuesto de Sociedades, podrán deducirse como gasto social la totalidad del gasto abonado en seguros médicos. Es decir, que los importes se restarán a los beneficios declarados.
La única excepción que hace la ley y que impide este ahorro impositivo, es la que refiere a las empresas que incluyen el seguro médico como parte misma de la retribución a los empleados.
¿Qué sucede con el resto de seguros? Cabe la deducción de IRPF en el seguro de Responsabilidad Civil Profesional, siempre que la cobertura esté enfocada a eventualidades de la actividad económica. Y ahí podría incluirse el seguro del vehículo.
Lo mismo sucede con las pólizas multirriesgo, “tanto si el local es alquilado como si es en propiedad”, recuerda Infoautónomos. Sin importar si cubre el continente o el contenido.
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