El cierre de negocios y la paralización generalizada de la economía derivada de la pandemia del coronavirus han empujado a miles de autónomos y pymes al borde de la quiebra. Sin ingresos, muchos se ven forzados a acogerse al cese de actividad, o bien directamente a cerrar. Y gran parte del problema son los impuestos.
Durante toda la cuarentena se han ido sucediendo distintas peticiones desde colectivos afectados, que abogaban por, o bien el impago de la cuota del RETA, o bien un retraso en el abono de impuestos.
El Real Decreto aprobado el pasado 13 de marzo recogía un apartado que parecía apuntar a algunas de las demandas, pero finalmente todo ha resultado ser una confusión burocrática. Para aclarar la situación, en MÁSMÓVIL Negocios intentamos despejar la cuestión.
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¿Aplazamiento impositivo?
En el texto original se recogía un apartado que indicaba, efectivamente, la posibilidad de aplazar el pago de impuestos por parte de autónomos y pymes. Para ello solo era requisito necesario que "el deudor fuera una persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019".
Esta ventana de ayuda estaría disponible desde el mismo día de aplicación hasta el próximo 30 de mayo, y ofrecía la opción de solicitar a Hacienda el retraso de hasta 30.000 euros durante 6 meses.
"Se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones". Este respaldo además incluía un importe en intereses nulo, e incluía tanto el pago del IVA como del IRPF y el Impuesto de Sociedades.
La administración iba un paso más allá, y ofrecía la posibilidad de aplazar préstamos con vencimientos inferiores a 6 meses concedidos por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña Empresa. Sin embargo, ahora es todo papel mojado.
Un paso atrás: sí habrá que pagar impuestos
El pasado 17 de marzo el Gobierno rectificó modificando el texto del Real Decreto, y matizando incluso las palabras de la Ministra de Hacienda María Jesús Montero. En un comunicado oficial, el fisco aclaraba las obligaciones fiscales de los autónomos y las pymes, pocos días antes de iniciar la campaña de la Declaración de la Renta.
"La suspensión de los términos y la interrupción de los plazos administrativos que se establecen en el Real Decreto que declara el estado de alarma, no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias."
Es decir, que sí habrá que seguir abonando los pagos habituales en términos de impuestos. Aquellos que no lo hagan se enfrentan a sanciones que van desde el 5% del importe a declarar si la propia declaración es voluntaria, hasta el 50% en casos de alevosía infractora. ¿Qué solución entonces queda para los afectados por la crisis?
El Gobierno empuja a todos aquellos faltos de liquidez a solicitar alguno de los créditos ICO presentados dentro del Plan de Choque, con un importe de 20.000 millones de euros ampliable hasta los 100.000 millones.
En un momento de extrema necesidad financiera, el Ministerio de Hacienda se asegura así de contar con una liquidez que el Estado necesita con urgencia para paliar la coyuntura sanitaria.
Algo que también explica la aceleración del calendario de emisiones de deuda del Tesoro, con una subasta sindicada a 6 años con la que ha logrado levantar 10.000 millones de euros.
Ayuda que sí es efectiva
Los negocios que no puedan continuar sufragando los gastos necesarios para mantener operativas sus actividades pueden acogerse al cese de actividad. A cambio percibirán un importe que asciende al 70% de la base reguladora media de los últimos 6 meses.
A esta prestación también pueden sujetarse los autónomos que justifiquen un descenso de al menos el 75% de la facturación a causa de la cuarentena y el Estado de Alarma. Basta con estar dado de alta en el Reta y con no tener ninguna deuda sin resolver con la Seguridad Social. En caso de tenerla se ofrecen 30 días para resolver la situación.
La ayuda por el momento se otorgará durante un mes, pero la prolongación de las restricciones podría terminar ampliando el margen.
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