Los trabajadores por cuenta propia conocen muy bien todos los gastos adicionales derivados de su gestión. Las famosas comidas de empresa o que un trabajador por cuenta ajena "pida el ticket" para que le sea abonada la misma, es algo de lo más habitual. Sin embargo, los autónomos han estado hasta ahora mirados bajo otro rasero, por cual no era posible realizar estas deducciones. Pero, ¿puede o no un autónomo deducir los gastos de las comidas con clientes?

Como parte del trabajo, una comida laboral puede fraguar muchos lazos y es un método para agasajar ampliamente conocido. Del mismo modo, tener un detalle con los mejores clientes, ya sea en Navidad u otra fecha señalada, son parte de los gastos que asumen muchos autónomos. Por desgracia, hasta hace muy poco tiempo estos gastos quedaban a la espalda del autónomo.

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La justicia dio la razón a los autónomos

Como decimos, todo ha cambiado con una reciente sentencia del Tribunal Supremo (sentencia 458/2021), que ha sentado jurisprudencia sobre uno de los gastos más controvertidos de deducir para los trabajadores por cuenta propia. El Supremo se posicionó así en contra del criterio de Hacienda, que, como norma general, rechaza cualquier deducción que no esté directamente relacionada con el negocio. Como muchos sabréis, Hacienda exige una minuciosa justificación del gasto.

Pero ahora y gracias a este fallo, "los autónomos ya tienen derecho a deducir los gastos derivado de comidas, cenas o incluso regalos, a clientes o proveedores sin necesidad de que esa acción de atención tenga que derivar en un ingreso para el negocio justificado.

Como norma general, la Agencia Tributaria pide al trabajador por cuenta propia estrictas justificaciones que pasan, por ejemplo, por mostrar una factura de un ingreso que ese gasto que quería deducirse había producido en su actividad. Por tanto, la sentencia supone un gran salto para los autónomos, ya que "muchos de los gastos que tienen no están directamente relacionados, sino que son costes indirectos, pero al fin y al cabo, costes.

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¿Cómo se pueden justificar los gastos de comidas de trabajo?

La sentencia del Tribunal Supremo supone un antes y un después tanto en los criterios de Hacienda, como en la tributación de los trabajadores por cuenta propia. Sin embargo, hay que tener claro que si bien en el fallo sienta jurisprudencia, no se ha establecido ningún "modus operandi" para justificar ese tipo de gastos ante la Agencia Tributaria. Sin embargo, ahora lo tienen más fácil para poder deducir estos gastos.

También debe quedar claro que la carga probatoria siempre recae sobre el contribuyente, pero el Supremo se ha puesto del lado de los autónomos, rechazando de la teoría que ha aplicado siempre Hacienda de que "para que un gasto sea deducible tiene que estar directamente relacionado con un ingreso"

Esto es importante, ya que de producirse cualquier inspección, el autónomo únicamente tendrán que demostrarle al funcionario de la Administración que la persona a la que han invitado a comer, o a la que le han enviado un regalo, es alguien que, o bien colabora en su actividad o bien con el que quieren iniciar un negocio, incluso aunque no se acabe llevando a cabo". Estas demostraciones "son tan simples como un email, un mensaje o WhatsApp, una llamada telefónica o que su nombre aparezca en tu cartera de clientes habituales", aseguró Torner.

Hacienda ya no lo tiene tan fácil

Los gastos en comidas de trabajo o regalos a clientes están tipificados en la normativa tributaria bajo el concepto de "donaciones y liberalidades". Es decir, hacer un gasto sin que te reporte ningún ingreso. Sin embargo, este concepto no estaba bien definido, y Hacienda se apoyaba en en ello para rechazar cualquier gasto en ese sentido que los autónomos intentasen desgravar en su declaración.

Pero ahora la justicia ha limitado la actuación de la Agencia Tributaria por lo que a partir de ahora, los gastos indirectamente relacionados que se entienden como liberalidades o donaciones sí se pueden deducir. Esta sentencia del Supremo tiene su origen en una sesión de regularización del IVA, que establecía que Hacienda iba en contra del contribuyente. Por ese motivo se interpuso un recurso de casación. Este tipo de recurso se usa cuando hay un interés en que el Alto Tribunal resuelva una norma contradictoria o no suficientemente definida.

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