Cada día sumado de crisis supone una evolución distinta a los problemas derivados de ella. Aunque el Gobierno presentó ayudas a empresas, autónomos y familias desde el inicio del Estado de Alarma, las necesidades seguían creciendo. Ahora llega el Ingreso Mínimo Vital.

La prestación social, pensada no para suavizar los efectos de la recesión, sino para atacar un problema social estructural, se ha englobado dentro del paquete de ayudas institucionales por el coronavirus debido al momento de su aprobación.

Y lo cierto es que, siendo el IMV una ayuda pensada para el percentil más bajo de las rentas, también está abierto a los autónomos más golpeados por la crisis. Por eso, desde MÁSMÓVIL Negocios, queremos hacer un repaso a esta histórica prestación.

Ingreso Mínimo Vital para autónomos

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En qué consiste el Ingreso Mínimo Vital

Lejos de ser la renta universal y garantista que proponía Unidas Podemos antes de formar el gobierno de coalición, el Ingreso Mínimo Vital es una ayuda mensual restringida y dirigida a las personas y familias más necesitadas.

La prestación aprobada el pasado 10 de junio con el apoyo de la mayoría de la Cámara consiste en una cuantía que se calcula por unidades de convivencia, y que va desde los 462 euros para una persona que vive sola, hasta los 1.1015 euros para dos adultos y tres menores.

Por cada persona extra perteneciente a la unidad se añaden 139 euros, y en caso de familias monoparentales se agrega un margen de 100 euros paralelos a las estimaciones. De acuerdo con el Decreto Ley: un 30% por miembro adicional, y un 20% para la unidad monoparental.

Así, una madre con dos menores de edad tendrá derecho a 840 euros si su renta es inexistente. En caso de percibir algo por su trabajo, esto se restará a la cantidad otorgada. Si gana, por ejemplo 400 euros al mes, recibirá 440 como prestación.

¿Qué es lo más interesante? El IMV además de estar dividido en 12 pagas mensuales, se puede compatibilizar con otras prestaciones, y deja exento del pago de matrículas universitarias del curso 2020/2021 y de medicamentos con recetas a aquellos que lo soliciten este 2020.

 

Requisitos para solicitar el IMV

Se estima que la medida que comenzará a dejar a los primeros beneficiados en unos pocos días, afectará a unos 850.000 hogares en toda España; en torno a 2,3 millones de personas. Y todas ellas habrán de cumplimentar unos requisitos notablemente estrechos.

  • Tener residencia legal y efectiva en España durante al menos un año antes de la solicitud: esto es, no pasar más de 90 días al año fuera del territorio nacional (salvo en caso de nacimientos, adopciones, víctimas de trata y víctimas de violencia de género).
  • Haber solicitado todas las prestaciones sociales o pensiones a las que se tuviera derecho, al margen del IMV: salvo para las rentas mínimas en algunas Comunidades y para los mayores de edad emancipados e inscritos como demandantes de empleo.
  • Poseer un patrimonio dentro de los límites marcados: no se tiene en cuenta el valor de la vivienda habitual, aunque sí del resto de casas, activos, planes y fondos de pensiones, y cuentas bancarias.
  • Cumplir las condiciones económicas: no tener más ingresos que lo marcado en cada caso para el tipo de unidad familiar, menos 10 euros, ni poseer un patrimonio que triplique la cantidad.

 

Sin necesidad de cálculos

Si se desea saber si se cumplen los requisitos, se ha dispuesto un formulario de prueba virtual en el que es sencillo saber si se entra dentro del perfil receptor. En el caso del nivel de ingresos, será la Seguridad Social la que lo calcule en cada solicitud.

Eso sí, se toman como referencia los ingresos anuales del año anterior, es decir 2019. Excepcionalmente y pensando en la crisis, también se ha habilitado una segunda vía para los más afectados.

Para ello no hay que cobrar prestación de desempleo, no haber superado el umbral de patrimonio en 2019, ni haber excedido en un 50% los umbrales del IMV. En estos casos se toman como referencia los ingresos del total de 2020.

Además, pensando en no desincentivar el empleo, no se tiene en cuenta el posible crecimiento futuro de ingresos desde que se produzcan. Lo que se derivará en una disminución de la prestación más gradual.

 

Proceso de solicitud del Ingreso Mínimo Vital

El IMV se concederá de oficio a todas las personas que cumplan los requisitos, y que estén percibiendo una ayuda por hijo a cargo. Para el resto, el plazo de solicitud a través de la web de la Seguridad Social se abrió el pasado 15 de junio.

Paralelamente, el proceso también podrá ser abierto a través de los ayuntamientos o comunidades autónomas que firmen convenio con la Seguridad Social. Para el caso de País Vasco y Navarra la gestión sí será íntegramente regional.

Todos aquellos que inicien los trámites desde esta fecha hasta el próximo 15 de septiembre podrán cobrar la ayuda con carácter retroactivo desde el mismo 1 de junio. La resolución se resolvería en todo caso en un plazo de tres meses.

 

Documentos necesarios para solicitar el IMV

Una vez iniciado el trámite, el solicitante (de entre 23 y 65 años) deberá tener preparada una documentación bastante completa, en la que se incluye:

  • DNI, libro de familia o pasaporte.
  • Autorización de residencia, registro central de extranjeros.
  • Padrón.
  • Libro de familia o cualquier otro comprobante de la unidad familiar.
  • Demanda de empleo para quienes no trabajen.

En caso de no contar con alguno de los documentos en el momento de la solicitud, será posible firmar una declaración responsable y así aportar lo restante más adelante.

 

Ventajas para el autónomo

Pese a que el respaldo institucional a los trabajadores por cuenta propia lo simbolizan otras ayudas, el IMV no es excluyente para este colectivo tan perjudicado por la crisis. De hecho, incluso ofrece ventajas interesantes.

Y es que, en el cálculo del ingreso que decide si se puede optar o no a la prestación, los autónomos pueden obviar el pago de impuestos y de cotizaciones sociales.

"Queremos ver cuál es la renta real disponible de los hogares", explicaba el vicepresidente Pablo Iglesias. "Para ello cogemos ingresos de todo tipo, del trabajo por cuenta propia o ajena, el capital mobiliario o inmobiliario, las ganancias y pérdidas patrimoniales, deducciones familiares".

Esto convierte al Ingreso Mínimo Vital en una ayuda interesante, por ejemplo, para aquellos autónomos que hayan perdido su negocio a causa de la crisis, o para aquellos que se hayan quedado sin ingresos.

 

 

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Y tú, ¿ya te has inscrito para recibir el Ingreso Mínimo Vital?