A fin de proteger a los consumidores de los intereses potencialmente perniciosos de las comercializadoras, la institución responsable de la energía decidió en 2009 idear un refugio regulado.

Nacía la TUR o Tarifa de Último Recurso, un mercado cuyos precios son establecidos mediante subasta cada tres meses por el Estado, y cuya participación está restringida a las COR (Comercializadoras de Referencia).

Hoy en MÁSMÓVIL Negocios desgranamos esta alternativa de tintes sociales y apuntamos hacia trámites y requisitos para autónomos y empresarios.

Tarifa de último recurso o TUR

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La TUR eléctrica

En 2015 la vertiente eléctrica pasó a denominarse PVPC, centrándose en los consumidores particulares que tuvieran necesidades evidentes, previo acceso al Bono Social que otorga un 25% de descuento en la factura.

La nueva TUR eléctrica otorgaba precios volátiles y actualizados hora a hora recogiendo el modelo de la tarifa de discriminación horaria, y quedaba restringida a:

  • Solicitantes con menos de 3 kW contratados
  • familia numerosa
  • unidades con todos los miembros en paro.
  • Pensionistas
  • Jubilados de más de 60 años con pensiones mínimas.

Estos pueden escoger entre la tarifa por horas con contador inteligente, o la tarifa con Precio Medio Ponderado (PMP) con contador analógico; en ambos casos con precios regulados.

¿Qué pasa con el gas? La TUR conservó su denominación y funcionamiento, permitiendo a las empresas acogerse a uno de los dos modelos que la conforman.

 

La TUR de gas

Al igual que sucede con la PVPC, la TUR de gas permite a los solicitantes salir del mercado libre para formar parte de un marco regulado por el Ministerio y la CNCM.

Los precios son revisados también trimestralmente mediante subasta y las únicos que pueden sujetarse a ellos son las Comercializadoras de Referencia; empresas seleccionadas por el Estado en base a determinados requisitos de carácter social.

El requisito para acceder a ella no es otro que el consumo anual de gas, siendo así natural para el solicitante acogerse a una u otra.

Ahora bien, el target real de la TUR desde el enfoque empresarial no es otro que el autónomo cuyas necesidades le empujan a perseguir el Bono Social Térmico.

 

TUR.1

Este tipo de tarifa solo cubre el consumo de gas en cocina y agua caliente sanitaria. Es así porque va destinada al pequeño consumidor. De ahí su principal requisito de acceso:

  • Consumo anual igual o menor a 5.000 kWh anuales.

En 2019 la tarifa fija mensual de la TUR.1 estuvo situada en los 4,27 euros/mes, y la tarifa sujeta a variaciones horarias en 0,0559033 euros.

Cuando un usuario que tiene contratada esta modalidad se excede del límite fijado por la ley, su factura pasa automáticamente a la segunda modalidad, aplicándose los precios correspondientes a esta.

 

TUR.2

Esta tarifa está destinada a los usuarios que más consumo doméstico presentan, y cubre, junto al agua caliente sanitaria y el gas en cocina, la calefacción. Para acceder a ella hay que cumplir dos condiciones:

  • Presión igual o menor a 4 bares.
  • Consumo inferior a 50.000 kWh anuales.

Es poco común, pero una empresa que cumple dichos requisitos puede acogerse a este modelo.

Lo más habitual, no obstante, es que tanto las comunidades de vecinos como los negocios sobrepasen el consumo máximo y estén sujetas a las modalidades 3.3 o 3.4.

En este caso el solicitante no podría acogerse a la TUR. No ocurre lo mismo con los trabajadores por cuenta propia que operan desde su propia casa que sí se sitúan en el rango solicitado de consumo.

En 2019 la tarifa fija mensual de la TUR.2 se situó en los 8,38 euros mensuales, y la tarifa sujeta a variaciones horarias en 0,0490293 euros.

Cómo y con quién contratar la Tarifa de Último Recurso

Basta con saber cuáles son las comercializadoras autorizadas y conocer la documentación necesaria para contratar la tarifa.

  1. Documentación del titular del suministro.
  2. Dirección en la que se encuentra el suministro.
  3. Código Universal del Punto de Suministro (CUPS).
  4. Número de cuenta bancaria.

Con todo esto preparado solo hay que contactar con la comercializadora que se desee, entendiendo que todas se rigen por las mismas normas básicas reguladas por el Ministerio.

  • Endesa Energía XXI, S.L.U
  • Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U
  • Comercializadora Regulada, Gas & Power, S.A.
  • EDP Comercializadora de Último Recurso, S.A.

 

No es más competitiva per se

Aunque la TUR da acceso a muchos privilegios traducibles a ventajas competitivas para los autónomos, lo cierto es que esta tarifa no tiene por qué ser siempre la más interesante.

De hecho, de acuerdo a la CNMC, 7 de cada 10 ofertas de las comercializadoras tradicionales del mercado libre están dirigidas a consumidores con derecho a la TUR.

Esta amplia oferta ha empujado a las empresas a ser cada vez más competitivas y a ofrecer precios más atractivos. Por eso se debe siempre estudiar el mercado y tomar la decisión más consensuada.

 

 

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Y tú, ¿ya conocías el papel de la TUR?