La situación de desempleo no es una situación deseable. Un país funciona como una gran empresa, donde todos contribuyen en términos de productividad por el bien común. Si estás en edad de trabajar y no hay nada que te impida hacerlo (como problemas de salud) lo ideal es que pudieras desempeñar una labor profesional, por cuenta propia o ajena.
Por desgracia el pleno empleo no es una realidad y la situación general se torna complicada en muchos sectores. En los trabajadores por cuenta ajena, cobrar el paro es algo habitual siempre que se den las condiciones adecuadas. Pero esa misma duda surge cada vez más cuando hablamos de trabajadores autónomos. Con el tiempo, los autónomos han ido conquistando derechos incluyendo la prestación por desempleo.
Estar cubiertos cuando estamos en situación de desempleo es fundamental. Lo es por varios motivos aunque el principal es atender las necesidades económicas personales y familiares. Pero es importante saber qué necesita un autónomo para cobrar el paro y vamos a verlo a continuación.
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Trabajadores autónomos: requisitos para cobrar el paro
Los trabajadores autónomos están cubiertos por un sistema de protección económica por cese de actividad. Este "paro" del autónomo es gestionado por una mutua colaboradora de la Seguridad Social. En este caso el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no gestiona las altas iniciales de prestación por cese de actividad.
Requisitos para acceder a la prestación
Podrán acceder a las prestaciones los trabajadores pertenecientes Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que cumplan con los siguientes requisitos:
- Estar en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, y tener cubierto el cese de actividad en la fecha de cese
- Tener cubierto el periodo de carencia de doce meses continuados e inmediatamente anteriores al cese
- Estar en situación legal de cese de actividad y suscribir el compromiso de actividad
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación para tener derecho a la pensión contributiva, salvo que no se tuviera acreditado el periodo de cotización requerido para ello
- Estar al corriente en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social
Un autónomo cobrando el paro cotizado por cuenta ajena
Esta es otra de las grandes dudas. Muchos autónomos inician su aventura en el mundo empresarial tras pasar por una o varias empresas y cotizar durante un periodo de tiempo que en ocasiones pueden ser años. En este caso y según indica el propio SEPE, el cese en el trabajo por cuenta propia no es situación legal de desempleo.
Para poder cobrar la prestación por desempleo por el tiempo que se trabajó por cuenta ajena antes de darse de alta como autónomo, es necesario volver a trabajar por cuenta ajena y quedar en situación legal de desempleo. En este caso, para la prestación por desempleo, se tendrá en cuenta todo lo cotizado a desempleo en los 6 años anteriores a esta última situación legal de desempleo.
Sin embargo, si hemos obtenido ya la prestación por desempleo tras el cese como persona trabajadora por cuenta ajena y posteriormente se suspende para establecerse como autónomo, sí se podrá reanudar cuando cese en dicha actividad, siempre que la duración del trabajo por cuenta propia haya sido inferior a 24 meses.
Si la duración del trabajo por cuenta propia ha sido igual o superior a 24 meses e inferior a 60 meses, también se podrá reanudar la prestación por desempleo si se justifica haberse dado de alta como persona trabajadora por cuenta propia, en el Régimen de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
En MÁSMÓVIL Negocios esperamos haberte ayudado una vez más. Conocer los derechos que nos asisten en situación de desempleo es fundamental para mantenernos a flote en momentos complicados. Esperamos que no tengas que verte en esta situación, pero si con esta información te hemos ayudado nos damos por satisfechos.