En España, cada vez son más personas los que aceptan trabajar en proyectos complementarios con sus ingresos principales. Y para ello, la mejor opción es ser autónomo a media jornada frente a optar por una jornada intensiva. Las dudas generales tienen que ver con la cuota o las particularidades de este régimen. En este post descubrimos todo lo que debes saber al respecto, incluidos consejos y ventajas.
¿Cuándo estoy obligado a darme de alta como autónomo?
Siempre que no superes el umbral del SMI puedes realizar trabajos remunerados. En esos casos, sencillamente debes facturar a tus clientes y a final de año añadir esa facturación a tu declaración de la renta en la sección "Actividades Económicas".
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Pero si es un trabajo habitual y recibes pagos mensuales por ello, la cosa cambia. En este caso la normativa no es demasiado concreta, pero puedes acabar teniendo problemas con la Seguridad Social.
De ahí que muchos hablen de la figura del autónomo a media jornada, perfecta para ti si ya trabajas por cuenta ajena pero quieres ampliar tus ingresos con facturas recurrentes de cierta cuantía.
Cómo darse de alta como autónomo a media jornada
No existe la figura del autónomo a media jornada, o tiempo parcial, porque las obligaciones de todo autónomo son las mismas. Eso sí, existe la opción de pagar una cuota de autónomo a media jornada ya que tiene interesantes reducciones.
Ten en cuenta, eso sí, que no es posible trabajar a media jornada como autónomo sin tener un empleo para alguna empresa. Así que, es un requisito imprescindible la situación de pluriempleo para poder desarrollar ambas actividades.
Además, para disfrutar de las rebajas incluidas en la cuota de autónomo de media jornada, debe ser la primera vez que te das de alta en RETA. Así que, si ya estás dado de alta como autónomo, aunque encuentres un trabajo a media jornada no podrás acogerte al régimen de pluriactividad.
Respecto a los trámites para darte de alta como autónomo a media jornada, es el mismo procedimiento para darte de alta normal. Deberás inscribirte en el censo de Hacienda para formar parte de RETA, pero acogiéndote al régimen de trabajador por cuenta propia a tiempo parcial.
De esta manera, la cuota mensual a pagar se reduce a unos 275 euros aproximadamente. La Seguridad Social evaluará tu situación para valorar si puedes acogerte a esta reducción por pluriempleabilidad.
Por lo demás, deberás seguir cumpliendo con tus obligaciones ante la Seguridad Social a través del pago de impuestos, ya que estos no varían aunque la cuota de autónomo a media jornada sea más baja.
Como habrás podido ver, ser autónomo a media jornada es una opción muy interesante si estás trabajando para una empresa y quieres empezar un negocio. Por eso, si tienes un proyecto en mente, ya sabes las herramientas que tienes a tu disposición.
Ahora que ya sabes cuáles son los pasos a seguir para darte de alta como autónomo a media jornada, solo necesitas asegurarte de que dispones de la mejor conexión para que tu negocio sea un éxito. En MÁSMÓVIL Negocios te proporcionamos los mejores servicios de telecomunicaciones para que estés siempre conectado con tus proveedores y clientes. Visita nuestra web o llámanos gratis al 1495 y te informaremos sin compromiso.