Trabajar por cuenta propia puede conllevar todo tipo de gastos extra. Puede que tengas que desplazarte para visitar a un cliente o tengas una comida de negocios. Estos gastos en muchos casos se pueden deducir en la declaración de IVA e IRPF. Así que, igual que te hemos contado cuáles son los errores fiscales más comunes en autónomos y cómo evitarlos, hoy repasamos cómo tributar gastos según su naturaleza si eres autónomo.
Lo primero que has de saber es que hay gastos que repercutirán directamente en el cliente, y otros sí que serán a tu nombre. Ya te adelantamos que hay muchos detalles a tener en cuenta, y siempre te vamos a recomendar acudir a un gestor que se encargue de todo, ya que un problema en tu declaración de la renta puede traducirse en innecesarios dolores de cabeza con la Agencia Tributaria.
Qué tener en cuenta a la hora de tributar gastos como autónomo
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Aunque lo mejor que puedes hacer es acudir a un gestor para que te haga la declaración de la renta, vamos a ver cómo tributar gastos según su naturaleza como autónomo para que sepas qué facturas debes guardar.
Como te hemos dicho antes, algunos gastos deben ser a cuenta del cliente, y en este caso no te podrás deducir el IVA o el IRPF, ya que será dicho cliente el que aplique estas deducciones.
Para entender esto, debemos conocer la terminología. El gasto suplido es aquel que el autónomo adelanta en nombre del cliente para que se lo pague a posteriori. De esta manera, los suplidos no repercuten ningún ingreso o gasto adicional en el autónomo. Pero siempre se han de presentar desglosados en la factura para no tener que pagar el IRPF.
Si, por ejemplo, como abogado autónomo acudes a una notaría en nombre de tu cliente, todos los gastos de dicha notaría correrán por su cuenta. Pero si tienes que alojarte en un hotel para dicho trámite, ese gasto sí correrá por tu cuenta. En el primer caso, en la factura deberás incluir el gasto completo notarial. En el segundo caso, el alojamiento sí se puede deducir aunque lo pague el cliente: es un gasto suplido.
Entonces, ¿cómo separar un gasto suplido de un gasto tributable? Solo debes fijarte en si afecta al cliente: si es así, no es deducible. En el ejemplo anterior, los gastos de notaría afectan al cliente, por lo que no podrías deducirlos. Pero el alojamiento para ti sí es deducible.
Además, es recomendable guardar estos tickets y facturas para poder justificar la naturaleza y necesidad del pago en el caso de una inspección tributaria.
Los gastos que se realizan a nombre del autónomo sí deben incluirse en las declaraciones de IVA e IRPF
Por otro lado están los gastos reembolsables, que son los que hace el autónomo en su propio nombre. Ejemplos como el transporte, dietas o alojamiento son ejemplos de ello si tiene que viajar por trabajo.
Si un autónomo se ha de trasladar de ciudad durante varios días para llevar a cabo un trámite para un cliente, se ha de cobrar al cliente el servicio, billete de tren y avión, dietas o alojamiento.
Pero, aun así, el autónomo sí que se podrá deducir el IVA de todos los gastos relacionados con su trabajo y que hemos mencionado anteriormente, y que podrá incluir en su declaración del IRPF.
Desde MÁSMÓVIL esperamos haberte ayudado a saber cómo tributar gastos según su naturaleza si eres autónomo para que no tengas problema alguno a la hora de hacer la declaración de la renta.