El IAE es uno de los tributos con los que están familiarizados los autónomos y las Pymes. El propio nombre de IAE está formado por las iniciales de Impuesto sobre Actividades Económicas, y se trata de un impuesto que recae sobre todas las actividades económicas que se ejercen en España.

El IAE se aplica sobre todos los ingresos que obtiene un autónomo y que superan una cantidad determinada. Además, se trata de un tributo diseñado para recaudar y para tener un control sobre todas las actividades que se realizan a nivel local, provincial y nacional. También destaca que el valor del IAE depende de la densidad de población del lugar en el que se realiza el alta.

Del IAE como impuesto destaca que tiene diferentes secciones que establecen los impuestos que debe abonar una empresa o autónomo en base a la actividad que realiza. De hecho, el IAE es el que determina el IVA que debe facturar ese autónomo o las retenciones que tiene que aplicarse.

Este contexto provoca que al preguntar qué es IAE aparezcan sus tres secciones. La primera de ellas engloba a las actividades empresariales entre las que destaca la ganadería, la industria, el comercio o los servicios. Por otro lado, la sección dos, trata las actividades profesionales y la tres las actividades artísticas.

¿Cómo sé cuál es mi IAE y cuánto se

paga?

La mejor manera de saber cuál es mi IAE es ingresando en la web oficial de la Agencia Tributaria. Ahí aparece una herramienta de búsqueda titulada buscar actividades o código de epígrafe. En esa sección se mostrarán todos los códigos correspondientes a las profesiones comunes.

Hoy en día el listado de IAE no está actualizado y a veces es complicado que aparezcan códigos para actividades como tener un blog o un canal digital. Pero si una persona está generando ingresos por una actividad debe informar a la Agencia Tributaria.

En estos casos se recomienda contar con una asesoría profesionalizada que ayude en la gestión y presentación de documentos en los que aparecen datos como el CIF. También está abierta la posibilidad de consultar a la propia Agencia Tributaria para que sea la administración la que asigne el epígrafe correspondiente.